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Lactuca sativa L. es una especie herbácea anual de la familia Asteraceae, conocida como lechuga. Es originaria de la región mediterránea y del Oriente Medio, habiendo sido domesticada a partir de Lactuca serriola L.. Actualmente se cultiva en todo el mundo, siendo una de las hortalizas de hoja más consumidas en fresco.
La lechuga es uno de los cultivos hortícolas de mayor importancia económica global, debido al elevado consumo en fresco, a la diversidad de tipos comerciales y a la producción continua a lo largo del año. Se utiliza ampliamente en ensaladas, restauración e industria de IV gama. La elevada exigencia de calidad sanitaria y apariencia convierte al cultivo en central en la horticultura intensiva, tanto al aire libre como en invernaderos.
Planta herbácea anual, de porte bajo, con hojas dispuestas en roseta. Las hojas varían en forma, textura y coloración según el grupo varietal (batavia, romana, iceberg, hoja suelta, entre otros). Las flores son pequeñas, amarillas, agrupadas en capítulos típicos de las Asteraceae. La planta se reproduce por semilla. El ciclo es relativamente corto, permitiendo varias cosechas anuales.
Prefiere climas frescos, con temperaturas óptimas entre 12–20 °C. Es sensible al calor excesivo, que provoca espigado precoz y amargor de las hojas. Requiere suelos fértiles, bien drenados, ricos en materia orgánica y con pH entre 6,0–7,0. Necesita riego regular y uniforme, evitando oscilaciones hídricas que afectan la calidad y favorecen fisiopatías.
Incluye la utilización de plántulas sanas, plantación en suelos bien drenados, riego regular, control de malezas y monitoreo de plagas y enfermedades. La ventilación adecuada en invernaderos reduce el riesgo de enfermedades foliares. La rotación de cultivos y la higiene de las estructuras son esenciales para prevenir problemas sanitarios. La cosecha debe realizarse en el punto óptimo de desarrollo, evitando daños mecánicos.
Los productos fitosanitarios requieren Carné de Aplicador o Carné de Técnico Responsable.
Puede utilizar la tarjeta de otra persona, siempre que esta se responsabilice de la aplicación del tratamiento.
Consulte aquí la Ley n.º 26/2013 de 11 de abril (Distribución, venta y aplicación de productos fitofarmacéuticos).
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