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Los cedros (Cedrus spp.) son coníferas perennes de la familia Pinaceae, nativas de las regiones montañosas del Mediterráneo oriental y del Himalaya. Las principales especies son Cedrus libani A. Rich. (cedro del Líbano), Cedrus atlantica (Endl.) Manetti ex Carrière (cedro del Atlas) y Cedrus deodara (Roxb. ex D. Don) G. Don (cedro del Himalaya). Son ampliamente utilizados en arbolado ornamental y forestal debido al porte majestuoso y a la elevada longevidad.
La madera de cedro es aromática, resistente y duradera, siendo utilizada en carpintería, ebanistería y aplicaciones estructurales. En paisajismo, los cedros son valorados como árboles de gran porte para parques, jardines y alineaciones. Tienen además importancia ecológica como especies estructurantes en ecosistemas montañosos.
Árboles de gran porte, pudiendo alcanzar 30–50 m de altura, con tronco robusto y copa inicialmente cónica, volviéndose más irregular con la edad. Las hojas son aciculares, agrupadas en braquiblastos, con coloración variable entre verde y azul grisáceo. Las piñas son erectas, ovoides, desintegrándose en el árbol para liberar semillas aladas. El sistema radicular es profundo, confiriendo buena resistencia al viento.
Prefieren climas templados a montañosos, con veranos secos e inviernos fríos. Se desarrollan mejor en suelos profundos, bien drenados, ligeramente ácidos a neutros. Son sensibles al encharcamiento y a la compactación del suelo. Toleran bien la sequía tras su establecimiento, pero las plantas jóvenes se benefician de riego suplementario.
La gestión incluye selección de especies y variedades adaptadas al clima local, mantenimiento de suelos bien drenados, podas moderadas y eliminación de ramas secas. El monitoreo de plagas chupadoras y de síntomas de chancro es esencial. Evitar heridas innecesarias y garantizar un buen drenaje reduce significativamente la incidencia de enfermedades radiculares.
Los productos fitosanitarios requieren Carné de Aplicador o Carné de Técnico Responsable.
Puede utilizar la tarjeta de otra persona, siempre que esta se responsabilice de la aplicación del tratamiento.
Consulte aquí la Ley n.º 26/2013 de 11 de abril (Distribución, venta y aplicación de productos fitofarmacéuticos).
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