¡DESDE 1994! Somos especialistas en protección de plantas en Agricultura Ecológica y Producción Integrada.
El género Cucurbita spp., perteneciente a la familia Cucurbitaceae, incluye varias especies cultivadas de calabazas, calabacines y calabazas de verano. Es originario de América, donde fue domesticado hace miles de años. Actualmente se cultiva ampliamente en regiones templadas y subtropicales de todo el mundo.
Las especies de Cucurbita tienen gran relevancia económica en la horticultura, siendo utilizadas para consumo en fresco, procesamiento, alimentación animal y fines ornamentales. El calabacín es una de las hortalizas más consumidas en Europa, mientras que las calabazas son importantes en la industria alimentaria y la pastelería. El género también tiene un valor creciente en agricultura ecológica.
Son plantas anuales, de hábito rastrero o trepador, con tallos largos y pilosos. Las hojas son grandes, palmeadas y rugosas. Las flores son unisexuales, amarillas y vistosas, con polinización entomófila. Los frutos presentan gran diversidad de formas, tamaños y colores, dependiendo de la especie y variedad. Las semillas son aplanadas y de color claro.
Prefieren climas cálidos y luminosos, siendo sensibles al frío y a la helada. Necesitan suelos fértiles, bien drenados y ricos en materia orgánica. Exigen buena disponibilidad hídrica, sobre todo durante la formación de los frutos, pero son sensibles al encharcamiento. Se benefician de rotaciones largas para reducir la presión de plagas y enfermedades del suelo.
Incluye la elección de variedades adaptadas al clima local, instalación en suelos fértiles y bien drenados, riego regular sin encharcamiento, entutorado o conducción cuando sea necesario, monitoreo frecuente de plagas y enfermedades y utilización de rotaciones adecuadas. La protección integrada es esencial, con énfasis en el control de vectores de virosis y en la ventilación en invernaderos.
Los productos fitosanitarios requieren Carné de Aplicador o Carné de Técnico Responsable.
Puede utilizar la tarjeta de otra persona, siempre que esta se responsabilice de la aplicación del tratamiento.
Consulte aquí la Ley n.º 26/2013 de 11 de abril (Distribución, venta y aplicación de productos fitofarmacéuticos).
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