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La drácena (Dracaena spp.) es un género de la familia Asparagaceae que incluye diversas especies ornamentales ampliamente utilizadas en interior y exterior, dependiendo del clima. Las especies más cultivadas incluyen Dracaena fragrans (L.) Ker Gawl., Dracaena marginata Lam., Dracaena reflexa Lam. y Dracaena sanderiana Sander. Son originarias de África, Madagascar, Asia tropical e islas del Índico. Se caracterizan por el porte elegante, hojas decorativas y elevada tolerancia a condiciones de interior.
La drácena es una de las plantas ornamentales de interior más comercializadas a nivel mundial. Es valorada por la elevada resistencia, bajo mantenimiento y gran diversidad de formas y colores foliares. Tiene fuerte presencia en el mercado de plantas en maceta, decoración de interiores, oficinas y espacios comerciales.
Plantas arbustivas o arborescentes, con tallos leñosos o semileñosos. Las hojas son persistentes, lineares o lanceoladas, frecuentemente variegadas. Las inflorescencias son panículas con pequeñas flores perfumadas, aunque raramente observadas en cultivo de interior. El sistema radicular es robusto, tolerante a cierta sequedad, pero sensible al encharcamiento.
Prefiere ambientes de media sombra o luz filtrada; tolera baja luminosidad. Temperaturas óptimas entre 18–25 °C; sensible al frío por debajo de 10 °C. Requiere sustratos bien drenados, ricos en materia orgánica, con pH ligeramente ácido a neutro (6,0–7,0). El riego debe ser moderado, evitando el encharcamiento, que favorece las podredumbres radiculares.
La gestión incluye la utilización de sustratos bien drenados y riego moderado. La ventilación adecuada reduce el riesgo de enfermedades fúngicas y bacterianas. La limpieza regular de las hojas ayuda a prevenir plagas como cochinillas y ácaros. Evitar corrientes de aire frío y exposición directa al sol intenso. La fertilización debe ser equilibrada, evitando excesos que favorezcan quemaduras foliares.
Los productos fitosanitarios requieren Carné de Aplicador o Carné de Técnico Responsable.
Puede utilizar la tarjeta de otra persona, siempre que esta se responsabilice de la aplicación del tratamiento.
Consulte aquí la Ley n.º 26/2013 de 11 de abril (Distribución, venta y aplicación de productos fitofarmacéuticos).
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